Como cada año la Dirección General de la Función Pública ha remitido CIRCULAR en relación a los días compensatorios adicionales que coincidan con fiestas laborales de ámbito nacional no recuperable ni sustituible por fiesta local.
Para el ejercicio 2020 además de los 6 días de asuntos propios habituales, se podrá disfrutar de 1 DIA COMPENSATORIO DE PERMISO ADICIONAL correspondiente a la fiesta del 15 de agosto.
La resolución de esta Dirección General la podréis encontrar en el siguiente link:
Todo ello sin perjuicio de los días adicionales de asuntos propios por antigüedad que puedan corresponder en aplicación del articulo 69.2 de la Ley 10/2010 de 9 de Julio de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.